Propone diputado Erick Agúndez la Ley de Fomento al Primer Empleo y a la Primera Empresa


  • “Buscamos fomentar, promover e impulsar la creación de nuevos empleos y primeras empresas para los jóvenes, otorgándoles estímulos”: diputado Erick Agúndez (PVEM)

 

Ante las dificultades que afronta la juventud para iniciar su vida laboral, el diputado Erick Iván Agúndez Cervantes, representante del PVEM en la XVII Legislatura del Congreso del Estado propuso una nueva Ley de Fomento al Primer Empleo y a la Primera Empresa para el Estado de Baja California Sur.

“Buscamos promover e impulsar la creación de nuevos empleos, propiciar la creación de nuevas entidades económicas empresariales, la autogeneración de empleos por jóvenes sudcalifornianos mediante el otorgamiento de estímulos, incentivos, beneficios técnicos, fiscales y económicos, así como acceso preferente a programas y apoyos”, explicó en tribuna el legislador.

Dijo también que la propuesta se encamina a establecer un nuevo modelo de política económica en materia de generación de empleo, promoviendo la formalidad en el plano laboral, y que el estado, retome su papel promotor de desarrollo del empleo.

Se establece el beneficio la exención del Impuesto Sobre Nóminas durante los primeros 12 meses de ejercicio fiscal hasta por un número de quince trabajadores a las empresas instituidas por jóvenes emprendedores que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, así como la implementación de programas de apoyo, capacitación, estímulos, incentivos, y acceso preferente a los programas previstos en Ley de Desarrollo Social estatal.

Establece también los requisitos para que los patrones puedan obtener los beneficios establecidos en dicha ley para primer empleo, así como los que deberán cumplir los jóvenes que establezcan una primera empresa, dentro de los que se encuentran el constituirse formalmente e inscribirse en el Padrón de la Primera Empresa ante el Instituto de la Juventud.

El proyecto de ley consta con 25 artículos comprendidos en siete capítulos, “Disposiciones Generales”, “El de Primer Empleo”, “Primera Empresa”, “Del Procedimiento”, “Padrón de Beneficiarios y “Disposiciones Comunes del Primer Empleo y Primera Empresa”.  

 







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