Titulares de la ASE y de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la ASE también deberán someterse a exámenes toxicológicos


  • El pleno aprobó una propuesta de reforma al artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de BCS, del diputado Óscar Manríquez Ruiz

 

Además de funcionarios de los tres poderes del Estado, los titulares de la Auditoria Superior del Estado (ASE) y de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la ASE, también deberán someterse a exámenes toxicológicos de confianza, luego de que el pleno de la XVI Legislatura de Baja California Sur aprobara reformar el artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de BCS, propuesto por el diputado Óscar Manríquez Ruiz.    

Dicha ley establece que funcionarios desde el Gobernador del Estado hasta delegados municipales “a más tardar dentro de la segunda quincena del mes de agosto de cada año, a examen toxicológico para la detección del uso de estupefacientes, psicotrópicos, inhalantes o fármacos que puedan causar alteraciones mentales o dependencia”, a los cuales, en los sucesivo deberá someterse también los titulares de la ASE como de su Unidad de Evaluación.

El dictamen fue presentado por la Comisión de Asuntos Fiscales y Administrativos que integran el diputado Enrique Ríos Cruz, presidente, la diputada Paz Ochoa , secretaria y el diputado Luis Armando Díaz, secretario, la cual consideró oportuno dar mayor precisión a la referencia hecha al Titular de la Unidad de Evaluación y Control para que en su lugar sea ¨Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior del Estado¨ que es la denominación correcta.

Asimismo, el segundo artículo transitorio establece que el Titular del Poder Ejecutivo Estatal deberá armonizar el Reglamento para la Práctica de los Exámenes Toxicológicos en el Estado de Baja California Sur dentro de un plazo de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto.







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