Las mejoras en Los Cabos como parte de un plan patrimonial
El eje de toda inversión inmobiliaria en Los Cabos debe centrarse en no sólo acrecentar los ingresos del inversionista, sea desarrollador individual o institucional, sino también debe formar parte de una planeación patrimonial integral donde se contemplen elementos fiscales, legales y generacionales.
No toda inversión atañe el último de los aspectos mencionados dado que existen proyectos financieros especulativos en Los Cabos, en donde inversionistas individuales sólo están contemplando obtener réditos en el corto plazo y, por ende, escapan de una planeación que impacte más allá de la vida de dichos inversores iniciales. Aquí también el inversionista institucional, a través de diferentes mecanismos legales como lo son, principalmente, sociedades mercantiles o fideicomisos (Fibras) sólo se contempla a socios presentes y no futuros.
Dado que las construcciones o mejoras en Los Cabos conllevan una vida útil de cincuenta años o más, dados los elementos de construcción que se emplean en el país, a diferencia de otros, principalmente nórdicos, que utilizan madera como estructura primordial. La simple longevidad de las construcciones erigidas en Baja California Sur y México en general, y que constituyen el núcleo de inversión, conllevan un elemento de permanencia que incide necesariamente en su inclusión como parte una planeación patrimonial que impactará, si el plan de negocios así se diseña, en los hijos y nietos de aquellas personas que decidieron invertir y desarrollar en determinado inmueble en la zona de Los Cabos o algún otro punto del territorio nacional.
Estos inmuebles van desde una casa o conjunto residencial, un comercio que bien puede contemplar una edificación de varios pisos o hasta una zona comercial o industrial que abarque varias hectáreas. En todos estos casos si se invierte con una mirada de mediano o largo plazo se deberá tomar en cuenta el tipo de vehículo legal que se requerirá para que la inversión inicial no sólo esté asegurada respecto de la correcta titulación (adquisición) sino también que responda a las necesidades de negocio particulares; es decir, tener claro el plan de negocios para que la construcción adquirida o aquella que se edifique pueda proveer de recursos tanto al inversionista primigenio como a sus herederos.
El análisis debido para integrar una planeación patrimonial pasa por el tamiz de los asesores financieros, corredores inmobiliarios, contadores públicos y abogados que provean de opiniones y estrategias adecuadas a efecto de que exista el mayor rendimiento posible, con un impacto fiscal manejable y mecanismos de protección para que los siguientes beneficiarios de la inversión inicial, léase herederos no centren su atención en la venta de la construcción como el primero y más deseable escenario de capitalización.
Cabe dentro de dicha planeación contemplar el empleo de figuras como la copropiedad que si bien atañe elementos de posible discordia –y dificultad administrativa- también obliga a sus participantes a sentarse a negociar sobre el mejor destino del bien inmueble heredado y evita que terceros adquieran el bien en preferencia de los propios copropietarios.
En este ejemplo, el derecho del tanto dentro de la copropiedad constituye un factor de cohesión patrimonial en Los Cabos pues asegura que mientras haya copropietarios interesados en seguir participando del negocio inmobiliario, que incluye específicamente determinada construcción o construcciones, no tendrán que lidiar con terceros que no conocen, participan o comparten, muy probablemente, de la visión del inversionista individual inicial.
En ese orden de ideas, para finalizar, el inversionista institucional igualmente al participar en el negocio de determinada construcción, por medio de sociedades mercantiles o fideicomisos, contará con estatutos o fines, según sea el caso, que guiarán la conducción del negocio inmobiliario de Los Cabos de forma tal que exista protección para realizar una planeación patrimonial adecuada en el mediano y largo plazo.