Controversias legales en tiempos electorales


En una semana se abre el periodo post-electoral en donde, además de la parte formal respecto de la calificación de las elecciones y el otorgamiento de constancias de mayoría para aquellos candidatos ganadores, se da paso a la presentación de diversas demandas que incidirán en los tribunales electorales estatales o federales, según sea el caso.

Lamentablemente, el entramado legal que regula una elección federal y ahora por la concurrencia del calendario comicial las diferentes elecciones estatales se ha vuelto cada vez más complejo. La sociedad civil en su deseo constante y ferviente por separar las atribuciones administrativas e históricas del órgano electoral, léase Instituto Nacional Electoral o los distintos Institutos Electorales de las Entidades Federativas dentro de cuyo territorio se llevarán a cabo elecciones el domingo 6 de junio, de aquellas estrictamente jurisdiccionales ha dado lugar a un verdadero galimatías que difícilmente puede entenderse sin el componente de desconfianza en el árbitro electoral.

¿Qué pasa con un determinado candidato que ve afectado sus derechos político-electorales? ¿Qué sucede cuando el candidato perdedor impugna la elección por advertir, según su óptica sesgada, irregularidades en el conteo de votos o las actas de escrutinio? ¿Cuál es el desenlace cuando la autoridad electoral que organizó la parte administrativa de una elección se niega a expedir las constancias de triunfo respectivas?

Las anteriores interrogantes son sólo algunas de las que pueden surgir con motivo de la controversia en tribunales de las elecciones. Otras tantas pueden enunciarse con motivo de violencia política, de género e involucramiento del crimen organizado antes, durante y después de la jornada electoral.

Ahora bien, los tribunales electorales que hace décadas dejaron, por lo menos formalmente, de ser parte orgánica del poder ejecutivo federal y de los poderes ejecutivos estatales se verán inundados de recursos, la mayoría de ellos infundados, a partir del lunes 7 de junio pues es tal la especialización que se ha dado en la reglamentación y normativa electorales, que amén de requerir invariablemente la asistencia de abogados dedicados exclusivamente a la materia político-electoral para llevar a buen puerto los reclamos presentados, se ha ampliado el espectro por el cual se pueden presentar reclamos en menoscabo, paradójicamente, de la certeza jurídica.

Me explico. Cuando determinado candidato presenta su denuncia, pasa por un primer filtro que las más de las veces lo constituye la autoridad administrativa electoral, federal o estatal, según sea el caso, para luego arribar al órgano jurisdiccional. Todo este proceso lleva tiempo y dinero que en muchas ocasiones los candidatos no tienen ya que la integración de los poderes electos debe suceder dentro del período constitucional; es decir, el 1º de septiembre para las elecciones federales de diputados al Congreso de la Unión u otra fecha en el calendario estatal respectivo pero ¿qué ocurre cuando se declara fraude genérico o varios candidatos se declaran ganadores en una contienda cerrada? Obviamente los tribunales serán los que resuelvan el fondo de las controversias pero es un camino complicado, por no decir sinuoso, el que se deberá transitar para obtener una resolución final.

El tiempo, uno de los factores fundamentales mencionados anteriormente, no es uno del que dispongan ampliamente los tribunales electorales y más en tiempos de pandemia. Creo la solución es anterior al dilema legal y es una que involucra necesariamente una nutrida participación ciudadana pues en la medida que haya mayores distancias en los porcentajes de votación entre el primer y segundo lugar el día de las votaciones será menor la tentación de pedirle al estado mexicano, a través de sus órganos de justicia electoral, que intervenga para dirimir controversias que muchas veces son triviales o inexistentes.

Una ciudadanía participativa y madura es el antídoto para que haya desenlaces electorales contundentes; por tanto, la apatía y su consecuente expresión societaria en forma de abstención electoral son nuestros mayores enemigos. ¡Votemos!

 

J. Eduardo Tapia Zuckermann

Abogado en México, Nueva York y Washington, D.C.

Socio Administrador en Tapia Zuckermann, S.C.






Comunicabos S.C, con domicilio en Márquez de León s/n casi esq. ampliación Zaragoza, Col. 5 de Febrero, San José del Cabo, BCS, México
utilizará sus datos personales recabados para el envío exclusivamente de nuestros boletines electrónicos. Para mayor información
acerca del tratamiento y de los derechos que puede hacer valer, usted puede acceder al aviso de privacidad integral a través de Aviso de Privacidad.

Todos Los Derechos Reservados Comunicabos 2018 - Creación y Mantenimiento de Sitio Web por Acadep