CONGRESO DEL ESTADO APRUEBA REFORMAR CODIGO CIVIL PARA AMPLIAR A DOS AÑOS EL PLAZO PARA RECLAMAR VICIOS OCULTOS EN BIENES INMUEBLES


edanp


El Congreso del Estado aprobó por mayoría de votos reformar el artículo 2055 del Código Civil de nuestra entidad, con la finalidad de ampliar a dos años el plazo para poder reclamar vicios ocultos en bienes inmuebles como la vivienda.
El dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, integrada por los Diputados Alfredo Zamora García, Marco Almendáriz Puppo y Eda María Palacios Márquez, detalla que  la reforma hará más afectiva y más amplia la protección y tutela de los derechos de aquellos ciudadanos que  realicen adquisiciones de bienes inmuebles. Lo anterior debido en ocasiones se presenta inconformidades de adquirentes de casas habitación contra fraccionadores, constructores o promotores, que en la venta de vivienda sorprenden a los compradores mediante diversas argucias para eludir su responsabilidad cuando en las viviendas aparecen vicios ocultos, defectos que recurrentemente aparecen en la estructura del inmueble objeto de la compraventa, cuando los planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones señalan cualidades que no corresponden a las condiciones reales de calidad que presenta la estructura de la vivienda.  
Dicha iniciativa fue presentada por la Diputada Cabeña Eda María Palacios Márquez  a finales del mes de abril, y tiene como objetivo primordial, como ya se dijo, el de ampliar la protección de la justicia a quien adquiera un bien inmueble que no cumpla con las condiciones pactadas a dos años, considerando que en la actualidad  el Código Civil establecía solo seis meses para poder reclamar por vicios ocultos  que aparecieran en un inmueble, trayendo como consecuencia la imposibilidad de exigir la rescisión del contrato o bien la disminución del precio del bien adquirido.

Con la reforma aprobada, se incrementara el periodo mínimo de vigencia del plazo para reclamar por la vía judicial los vicios ocultos del bien inmueble, para que pase de seis meses a dos años, mejorándose con ello la protección a los ciudadanos compradores de inmuebles, como la vivienda, y por otro lado, promoverá que los fraccionadores, constructores y promotores de ventas realicen sus actividades con la ética profesional necesaria para dar marcha atrás a posibles actos de defraudación de que hacen objeto a sus clientes.

En el dictamen que mereció la aprobación del pleno legislativo, se estableció también que en casos frecuentes, una casa habitación presenta vicios ocultos o deterioros inmediatos después de su adquisición, debido principalmente a la construcción deficiente, por ello  la restauración o reparación del daño que llegan a sufrir algunas casas habitación en ocasiones requieren una costosa inversión adicional a la ya generada por la adquisición del inmueble, y que los hundimientos, los desniveles y las fracturas que sufren esas endebles construcciones, así como el deterioro prematuro de sus instalaciones eléctricas e hidráulicas, y de los acabados y accesorios correspondientes, “son producto de la negligencia y la carencia de ética profesional con que algunos fraccionadores y constructores de viviendas defraudan la confianza de sus clientes, consumidores o compradores de dichas viviendas, por usar materiales de baja calidad, en aras de abaratar costos y obtener la máxima utilidad.”
En el cuerpo del dictamen, se estableció también que en base al derecho comparado, legislaciones de otras entidades del país tienen ya considerados plazos amplios para ejercer la acción de reclamo de daños por vicios ocultos, como lo son la Ciudad de México, Estado de México, Querétaro, Guerrero, Jalisco, Nuevo León, Quinta Roo y Chihuahua. Estableciéndose en la reforma al artículo 2055 una diferencia entre los bienes muebles e inmuebles, quedando el plazo como ya se dijo en líneas anteriores, a dos años para reclamar vicios ocultos en bienes inmuebles, y seis meses para reclamarlos en bienes muebles, pues por su naturaleza de uso continuo, los bienes muebles son susceptibles de reconocer en ellos los fallos referidos en un corto tiempo, no así en los inmuebles.

Respecto de dicha aprobación la iniciadora de la propuesta, Diputada Eda María Palacios Márquez,   dijo que con esta reforma el Poder Legislativo respalda el esfuerzo de muchas familias sudcalifornianas que con sacrificios están logrando hacerse de un patrimonio  “consideramos que cuando una persona con gran sacrificio adquiere una casa o un departamento, lo mínimo que se le puede garantizar es que el bien que se adquiere no cuente con vicios ocultos.”







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